Diagnóstico legal
La insolvencia de persona natural suspende embargos y procesos de cobro, y te permite negociar todas tus deudas en un solo acuerdo. Evaluamos tu caso y te decimos con honestidad si aplicas.
✓ Evaluación inicial
✓ Suspende embargos
✓ Acuerdo según tu capacidad de pago
✓ Abogados en 4 ciudades
Respuesta en menos de 2 horas hábiles.
Primera consulta
⏱ Respuesta en menos de 2 horas hábiles.
🔒 Tus datos están protegidos y son confidenciales bajo secreto profesional.
15 +
Años de ejercicio
Experiencia acumulada asesorando empresas y personas en Colombia y la región.
7
Países de operación
Colombia, Perú, Ecuador, Venezuela, Chile, México y Panamá.
4
Oficinas propias
Bogotá, Medellín, Barranquilla y Lima, con un único punto de contacto.
2 hrs
Acuerdo de respuesta
ANS contractual: toda solicitud recibe respuesta en menos de 2 horas hábiles.
Qué recibes
Sin guion comercial ni cotización vaga. Un abogado senior lee tu caso y te dice qué se puede hacer.
Al admitirse la solicitud se suspenden los procesos ejecutivos y las medidas sobre tu salario y tus bienes.
Bancos, cooperativas y demás acreedores quedan vinculados al acuerdo, incluso los que no querían negociar.
La insolvencia no borra deudas. Las reorganiza en cuotas que sí puedes pagar. Te explicamos exactamente qué esperar.
Respuesta directa
La insolvencia de persona natural no comerciante es un procedimiento legal, regulado por la Ley 1564 de 2012 y reformado por la Ley 2445 de 2025, que permite a quien tiene dos o más obligaciones con más de 90 días de mora negociar sus deudas ante un centro de conciliación. Al admitirse la solicitud se suspenden los procesos ejecutivos y los embargos. No es una condonación: es una reorganización con acuerdo de pago vinculante.
“
Nos acompañaron en la entrada de un inversionista extranjero. Lo que más valoramos fue que nos dijeran con claridad qué cláusulas no debíamos aceptar, incluso cuando eso alargaba la negociación.
Dirección General
Compañía del sector logístico · Bogotá
“
Llegamos con un requerimiento de la DIAN encima y tres semanas de plazo. La respuesta se radicó a tiempo y con soporte. La diferencia estuvo en el orden con el que trabajaron.
Gerencia Financiera
Grupo empresarial · Medellín
“
Estuve dos años pagando una deuda con otra. Me explicaron la insolvencia sin promesas falsas y hoy tengo un acuerdo que sí puedo cumplir.
Persona natural
Cliente · Barranquilla
Preguntas frecuentes
Toda persona natural no comerciante domiciliada en Colombia que tenga dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores, incumplidas por más de 90 días, siempre que esas obligaciones representen al menos el 30% del pasivo total. La Ley 2445 de 2025 rebajó ese umbral del 50% al 30%, así que hoy califican personas que hace un año no calificaban. Si eres comerciante, aplica un régimen distinto que también manejamos.
No. La insolvencia reorganiza las deudas en un acuerdo de pago con plazos y cuotas viables, y suspende los procesos de cobro mientras se negocia. Es una reestructuración ordenada, no una condonación. Desconfía de quien te ofrezca borrar deudas: eso no existe en la ley colombiana.
La ley prevé un plazo de 60 días para la negociación, prorrogable por 30 días más. En la práctica, desde la radicación hasta el acuerdo suelen transcurrir entre tres y cinco meses, dependiendo del número de acreedores y de su disposición a negociar.
La insolvencia busca proteger tu patrimonio, no liquidarlo. La vivienda puede incluirse en el acuerdo y mantenerse si el plan de pagos es viable. Solo si no se logra acuerdo el proceso puede derivar en liquidación patrimonial. Esa es exactamente la diferencia que hace tener buena representación en la audiencia.
Último paso
Tus datos están protegidos y son confidenciales bajo secreto profesional.
Respuesta en menos de 2 horas hábiles.