No es una cláusula exótica. Es una que casi todos los contratos incluyen, pero pocos redactan de forma que realmente proteja a la empresa.
Cláusulas como el período de prueba, el salario integral, la exclusividad o la propiedad intelectual sobre lo que el trabajador desarrolla durante su vinculación, suelen copiarse de plantillas genéricas sin ajustarlas a la operación real de la empresa. El resultado es que, cuando surge un conflicto, la cláusula no dice lo que la empresa creía que decía, o simplemente no es exigible porque no cumple los requisitos legales para su validez.
Un ejemplo común: pactar salario integral sin cumplir el monto mínimo exigido por la ley no libera a la empresa de pagar prestaciones sociales, aunque el contrato diga lo contrario. La empresa cree que está cubierta y en realidad no lo está, y solo lo descubre cuando el trabajador reclama esas prestaciones al terminar la relación laboral, con el respaldo de varios años acumulados.
Algo similar ocurre con la cláusula de exclusividad o de no competencia: para que sea exigible después de terminado el contrato, generalmente debe estar acompañada de una contraprestación económica razonable y limitada en tiempo y espacio. Una cláusula redactada de forma genérica, sin estos elementos, puede ser simplemente inaplicable el día que la empresa más la necesita, por ejemplo cuando un exempleado se va a trabajar directamente con la competencia.
¿Le pasa esto en su empresa? Revisamos sus contratos de trabajo vigentes y corregimos las cláusulas que no están cumpliendo la función que usted cree que cumplen.
Escríbanos a juridico@acerteqabogados.com o al WhatsApp 310 484 6491.